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Vol. 4 1, enero-junio 2025 (5-16)
5
Artículo de revisión
Vulneración de los derechos de los servidores públicos en los
nombramientos provisionales en Ecuador
Infringement of public servants rights in provisional appointments in Ecuador
Rodrigo Ivan Cuadrado Paredes*
Universidad Nacional de Chimborazo.
Riobamba-Ecuador.
ivan.cuadrado@unach.edu.ec
https://orcid.org/0009-0009-4566-0719
Jorge Santiago Vallejo Lara
Universidad Nacional de Chimborazo.
Riobamba-Ecuador.
jvallejo@unach.edu.ec
https://orcid.org/0009-0007-1469-9296
*Correspondencia:
ivan.cuadrado@unach.edu.ec
Cómo citar este artículo:
Cuadrado, R., & Vallejo, J. (2025).
Vulneración de los derechos de los
servidores públicos en los nombramientos
provisionales en Ecuador. Esprint
Investigación, 4(1), 5-16.
https://doi.org/10.61347/ei.v4i1.90
Recibido: 25 de noviembre de 2024
Aceptado: 26 de diciembre de 2024
Publicado: 2 de enero de 2025
Resumen: En Ecuador, los nombramientos provisionales, concebidos originalmente
como mecanismos excepcionales para garantizar la continuidad de los servicios públicos
ante vacantes temporales, se han convertido en una práctica sistemática que precariza el
empleo y vulnera derechos fundamentales de los servidores públicos. Esta figura,
regulada por la Ley Orgánica del Servicio Público, debía aplicarse de forma limitada en
el tiempo; sin embargo, su uso prolongado ha generado desigualdades estructurales
frente a los trabajadores con nombramientos permanentes, afectando la estabilidad
laboral, el acceso a beneficios sociales y las oportunidades de desarrollo profesional. Esta
práctica contradice los principios constitucionales de igualdad y no discriminación, así
como es
tándares internacionales como el Convenio N.º 158 de la Organización
Internacional del Trabajo, impactando además la eficiencia institucional debido a la alta
rotación y desmotivación del personal. La comparación con jurisprudencias regionales,
como las de
la Corte Constitucional de Colombia y el Tribunal Constitucional
Plurinacional de Bolivia, evidencia que la prolongación de la provisionalidad constituye
una forma de discriminación indirecta que exige respuestas normativas urgentes. Entre
las medidas propuestas se destacan: la regulación estricta de la temporalidad, la
implementación de procesos de selección transparentes, mecanismos de supervisión
efectivos y programas de regularización laboral. Abordar esta problemática es esencial
para garantizar la igualdad, la dignidad y la estabilidad laboral, fortaleciendo así una
administración pública eficiente, justa y alineada con estándares internacionales de
derechos humanos.
Palabras clave: Estabilidad laboral, nombramientos provisionales, servidores públicos,
vulneración de derechos.
Abstract: In Ecuador, provisional appointments, originally conceived as exceptional mechanisms
to ensure the continuity of public services in the face of temporary vacancies, have become a
systematic practice that precarizes employment and violates the fundamental rights of public
servants. This figure, regulated by the Organic Law of Public Service, was intended to be applied
on a limited basis; however, its prolonged use has generated structural inequalities compared to
workers with permanent appointments, affecting job stability, access to social benefits, and
opportunities for professional development. This practice contradicts constitutional principles of
equality and non-discrimination, as well as international standards such as ILO Convention No.
158, and undermines institutional efficiency due to high staff turnover and demotivation. A
comparison with regional jurisprudence, including that of the Constitutional Court of Colombia
and the Plurinational Constitutional Court of Bolivia, shows that the prolonged use of provisional
appointments constitutes a form of indirect discrimination that requires urgent regulatory action.
Proposed measures include stricter regulation of temporary appointments, transparent selection
processes, effective oversight mechanisms, and regularization programs. Addressing this issue is
essential to guarantee equality, dignity, and job stability, thereby strengthening an efficient, fair,
and human-rights-based public administration aligned with international standards.
Keywords: Job stability, provisional appointments, public servants, violation of rights.
Copyright: Derechos de autor 2025 Rodrigo
Ivan Cuadrado Paredes, Jorge Santiago
Vallejo Lara.
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1. Introducción
Los nombramientos provisionales, inicialmente concebidos como una solución temporal para
garantizar la continuidad de los servicios públicos en situaciones de emergencia o vacancia, han
evolucionado en muchos contextos hacia una práctica sostenida que afecta profundamente la
estabilidad laboral de los servidores públicos y el ejercicio pleno de sus derechos fundamentales.
Aunque diseñada como una medida excepcional, la aplicación sistemática y prolongada de esta figura
en Ecuador ha generado condiciones de precarización laboral que socavan principios esenciales de
equidad, justicia social y eficiencia en el ámbito público.
El Estado, como principal órgano de derechos y promotor de políticas públicas, enfrenta el desafío
de equilibrar la continuidad operativa de sus instituciones con la protección de los derechos laborales.
En este sentido, la estabilidad laboral no solo constituye un derecho humano reconocido
internacionalmente, sino que también resulta un componente clave para el fortalecimiento de la
administración pública. Sin embargo, en Ecuador, los nombramientos provisionales han derivado en
una práctica que vulnera derechos constitucionales y legales, como lo estipulan la Constitución de la
República del Ecuador, (2008) y la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP).
Esta problemática se refleja en la existencia de un segmento creciente de trabajadores que, pese a
desempeñar funciones similares a las de los servidores permanentes, enfrentan desigualdades
estructurales. Entre estas se encuentran la falta de acceso a beneficios laborales esenciales, como
derechos de jubilación, estabilidad en el empleo y oportunidades de capacitación y ascenso
profesional, comisiones de servicios o licencias con remuneración para estudios de posgrado. Este tipo
de nombramientos que deben ser transitorios, han dado lugar a relaciones laborales marcadas por la
incertidumbre, la inestabilidad y la falta de garantías, contribuyendo a la perpetuación de brechas de
desigualdad en el sector público (Espín et al., 2023).
Además, la ausencia de un marco regulatorio efectivo que supervise y limite la duración y el uso de
los nombramientos provisionales ha permitido que esta práctica se normalice. Para Aguirre y come
(2021), este cuidado en cuanto a los mecanismos de control no solo fomenta la vulnerabilidad de los
trabajadores temporales, sino que perpetúa un sistema laboral desigual en el que estos empleados son
tratados como una categoría subordinada dentro de la administración pública, en contraposición a los
principios de igualdad y no discriminación.
A nivel internacional, organismos como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) han
establecido estándares claros para prevenir el abuso de la temporalidad en las relaciones laborales. El
Convenio Nº 158 de la OIT subraya que las condiciones laborales precarias y los despidos injustificados
son prácticas que vulneran los principios del trabajo decente y los derechos fundamentales de los
trabajadores. Pese a los compromisos asumidos por Ecuador en este ámbito, la falta de implementación
efectiva de estos estándares ha permitido que los nombramientos provisionales se utilicen de manera
generalizada, comprometiendo tanto la dignidad de los trabajadores como el desempeño de las
instituciones públicas (Ballester, 2023).
El impacto de esta precarización no se limita al ámbito laboral de los servidores públicos. La
inseguridad en el empleo tiene repercusiones directas en la calidad de los servicios públicos que estas
instituciones ofrecen a la ciudadanía. Los trabajadores sometidos a condiciones de temporalidad
suelen experimentar menores niveles de motivación y compromiso, lo que puede traducirse en una
reducción de la eficiencia y la productividad. Además, la alta rotación de personal asociada a los
nombramientos provisionales interrumpe la continuidad de los programas y servicios, afectando de
manera negativa a los ciudadanos que dependen de ellos.
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Desde una perspectiva de justicia social, los efectos de los nombramientos provisionales son
igualmente preocupantes. Los grupos más vulnerables, como las mujeres, los jóvenes y las minorías
étnicas suelen estar sobrerrepresentados en este tipo de contratos, lo que perpetúa las desigualdades
estructurales y limita sus oportunidades de desarrollo profesional. Esta situación contraviene los
principios de equidad e inclusión que deben guiar las políticas laborales en el sector público (Miranda
& Pachano, 2023).
El presente artículo examina los nombramientos provisionales en la administración pública
ecuatoriana, evidenciando su impacto en la precarización laboral, la calidad de los servicios públicos
y la equidad en las relaciones laborales. Aunque concebidos como herramientas transitorias, estos
nombramientos se han convertido en prácticas recurrentes que debilitan la carrera administrativa y
perpetúan condiciones laborales desiguales, afectando tanto a los trabajadores como a la eficiencia
institucional.
Para enfrentar esta situación, se plantea fortalecer el marco normativo con leyes que regulen
estrictamente la temporalidad de los contratos, estableciendo límites claros y garantizando condiciones
equitativas entre empleados temporales y permanentes. También se sugiere implementar mecanismos
de supervisión más transparentes, fomentar el diálogo social y diseñar políticas que prioricen la
estabilidad laboral como eje estratégico. Estos buscan construir un sistema laboral público más justo,
inclusivo y sostenible, que respete los derechos de los trabajadores y fortalezca las instituciones en
medidas de beneficio de la ciudadanía.
2. Metodología
La presente investigación adoptó un enfoque cualitativo para abordar el tema de estudio, utilizando
un diseño narrativo de tipo documental basado en el método de análisis jurídico. Este enfoque permitió
recopilar, analizar e interpretar documentos y fuentes de información relevantes, tales como leyes,
jurisprudencia, informes, artículos académicos y otros materiales pertinentes. El propósito central fue
determinar si los derechos de los servidores públicos con nombramientos provisionales en Ecuador
están siendo vulnerados y, en caso afirmativo, proponer medidas para garantizar su protección. La
metodología de esta investigación combina un análisis jurídico profundo con un enfoque comparativo
y propositivo, orientado a identificar las causas de la problemática y ofrecer soluciones que permitan
fortalecer los derechos laborales de los servidores públicos en Ecuador.
El primer objetivo analizó cómo los nombramientos provisionales inciden en la precarización
laboral de los servidores públicos. Este análisis buscó identificar cómo el uso excesivo de esta
modalidad contractual afecta la estabilidad laboral, las condiciones de trabajo y el acceso a beneficios
fundamentales como la seguridad social, las pensiones y las vacaciones.
El segundo objetivo evaluó el impacto de los nombramientos provisionales en la vulneración de
derechos fundamentales de los servidores públicos. Se examina cómo la falta de estabilidad en el
empleo y la prolongación injustificada de estos nombramientos afectan derechos esenciales como la
igualdad de oportunidades, la seguridad laboral y la no discriminación, en el marco de la Constitución
ecuatoriana y los tratados internacionales de derechos humanos.
En cuanto al tercer objetivo se centró en realizar una comparación entre la situación de los
nombramientos provisionales en Ecuador y las legislaciones de otros países de América Latina, como
Colombia y Bolivia. Esta perspectiva regional permitió contextualizar la problemática ecuatoriana y
explorar si en otras jurisdicciones existen mecanismos legales más efectivos para proteger los derechos
de los servidores públicos.
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3. Desarrollo
Vulneración de derechos laborales y principios fundamentales
La vulneración de los derechos laborales se refiere a cualquier acción u omisión que impida, restrinja
o niegue a los trabajadores el ejercicio pleno de sus derechos fundamentales, reconocidos en
normativas nacionales e internacionales. Estas transgresiones afectan derechos esenciales como la
igualdad de trato, la estabilidad en el empleo y el acceso a beneficios sociales, generando desigualdades
estructurales y precarización. Entre las formas más comunes de vulneración de derechos laborales se
encuentran los despidos injustificados que violan la estabilidad laboral y generan incertidumbre
económica. Asimismo, se observa la discriminación laboral basada en género, edad, raza, origen étnico
o tipo de contratación, como ocurre entre empleados permanentes y temporales. Otro aspecto es la
negligencia en el cumplimiento de obligaciones contractuales como el pago de salarios, pensiones y
otros beneficios laborales. En consecuencia, la desigualdad en las condiciones laborales afecta el
bienestar y desarrollo profesional de los trabajadores (Castillo et al., 2020).
Protección internacional y nacional de los derechos laborales
A nivel internacional, diversos instrumentos jurídicos reconocen el derecho al trabajo digno. La
Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), en el artículo 23, garantiza el derecho a
condiciones laborales justas y equitativas, mientras que la Convención Americana sobre Derechos
Humanos subraya la protección frente a tratos discriminatorios. Por su parte, los convenios de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) establecen estándares mínimos de protección laboral. La
Constitución del Ecuador refuerza esta protección al consagrar derechos laborales fundamentales,
como la prohibición de despidos arbitrarios y la igualdad de trato. Sin embargo, en la práctica,
mecanismos como los nombramientos provisionales han sido utilizados de manera abusiva,
vulnerando los principios constitucionales de estabilidad y trato equitativo (Saldarriaga et al., 2023).
Nombramientos provisionales dentro de los principios de igualdad y trato justo en el marco
constitucional
El principio de trato justo implica que las personas no solo deben recibir un trato igual en términos de
derechos y beneficios, sino que deben gozar de un tratamiento equitativo en las oportunidades
laborales y el acceso a condiciones dignas. El trato desigual entre los empleados con nombramientos
provisionales y los permanentes, cuando ambos realizan las mismas funciones, genera una
discriminación que va en contra de la dignidad del trabajador y afecta su bienestar laboral.
En el caso de los nombramientos provisionales, la discriminación indirecta es clara cuando los
trabajadores temporales son excluidos de ciertos derechos que deberían ser universales para todos los
servidores públicos. Además, la falta de transparencia en la aplicación de los nombramientos
provisionales y la posibilidad de que estos se extiendan de manera indefinida contradice el principio
de transparencia y justicia administrativa en el ejercicio del poder público. El artículo 8 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a que su
causa sea oída por un tribunal competente, independiente e imparcial, que le garantice la igualdad de
trato. Este principio considerado fundamental por Pérez (2018), menciona que cuando se trata de los
derechos laborales, la justicia laboral debe garantizar que los servidores públicos, sin importar su
modalidad de contrato, reciban las mismas oportunidades y derechos para desarrollarse dentro del
servicio público.
La Constitución ecuatoriana menciona en su artículo 11 que el Estado garantizará el ejercicio de los
derechos de todas las personas sin discriminación alguna. Este principio se extiende a las relaciones
laborales, asegurando que todos los trabajadores, sean del sector público o privado, gocen de
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condiciones justas y equitativas. Así también el artículo 66 complementa este marco, protegiendo a los
ciudadanos de discriminaciones basadas en género, raza, edad, condición económica, orientación
sexual o modalidad de contratación. En el caso de los servidores públicos, estas garantías son
especialmente relevantes, ya que el Estado tiene la obligación de actuar como modelo en el respeto a
los derechos laborales (Briceño, 2022).
En tanto, el Principio de Trato Justo y Derecho al Trabajo reflejado en el artículo 33 de la
Constitución refuerza que los derechos laborales son irrenunciables y reconoce al trabajo como un
medio para el desarrollo integral de las personas. Este principio exige que todos los trabajadores, sin
importar su modalidad de contratación, reciban un trato digno, igualdad de oportunidades y acceso
equitativo a beneficios. Sin embargo, la aplicación prolongada de nombramientos provisionales genera
desigualdades evidentes. Estas incluyen inseguridad laboral, al no garantizar estabilidad ni
permanencia; acceso limitado a beneficios sociales, como pensiones y seguro de salud; discriminación
salarial, donde los trabajadores temporales reciben menores remuneraciones por las mismas funciones;
y restricciones en la promoción profesional, que afectan el desarrollo integral de los servidores públicos
(Guamaní, 2024).
Nombramientos provisionales y su regulación
En Ecuador, los nombramientos provisionales son una figura prevista en la LOSEP para cubrir
vacantes temporalmente por razones de urgencia o ausencia del titular. Sin embargo, esta modalidad
ha sido aplicada más allá de sus fines originales, afectando negativamente los derechos laborales de
los servidores públicos. El artículo 14 de la LOSEP establece que la provisionalidad debe ser
excepcional y limitada en el tiempo. No obstante, su uso indiscriminado, sin justificación adecuada, ha
llevado a la prolongación indefinida, desigualdades entre trabajadores con nombramientos
provisionales y definitivos, y precarización laboral al excluir a los temporales de derechos como
estabilidad, vacaciones y acceso a pensiones.
El uso excesivo de nombramientos provisionales viola principios constitucionales e internacionales
al crear condiciones laborales desiguales. Esto se manifiesta en inestabilidad laboral, que afecta la
calidad de vida y la planificación a largo plazo de los trabajadores. Asimismo, se observa un acceso
desigual a beneficios, donde los empleados temporales enfrentan barreras para recibir prestaciones
básicas, y una discriminación estructural que limita la capacitación y las oportunidades de ascenso
para los trabajadores provisionales (Tejedor & Arias, 2022).
En esta línea de ideas, Vaca (2021) pone de manifiesto la necesidad de proponer una justicia laboral
con base en reformas donde se sugiere limitar estrictamente la duración de los nombramientos
provisionales y garantizar su transición a nombramientos definitivos dentro de un plazo razonable. En
consecuencia, deben promoverse programas de formación para servidores públicos y autoridades
empleadoras sobre la importancia de garantizar derechos laborales equitativos. Asimismo, establecer
instancias especializadas para atender casos de vulneración de derechos laborales en el sector público,
con énfasis en la protección de trabajadores temporales.
La vulneración de derechos laborales en los nombramientos provisionales refleja una marcada
desigualdad en el acceso a beneficios, ya que los servidores públicos en esta condición, aunque realizan
las mismas funciones que los empleados permanentes, enfrentan restricciones en derechos como
vacaciones, pensiones y otros beneficios sociales. La Ley de Seguridad Social en Ecuador en su artículo
9 garantiza la igualdad en el acceso a estos derechos sin importar el tipo de nombramiento; sin
embargo, la falta de estabilidad laboral limita a los trabajadores provisionales, lo que constituye una
violación de su derecho a la igualdad y a la no discriminación, establecido en el artículo 66 de la
Constitución. Esta situación afecta su dignidad y desarrollo profesional, evidenciando que, aunque los
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derechos fundamentales están reconocidos en la legislación ecuatoriana, su aplicación efectiva sigue
siendo un desafío pendiente.
Efectos de los nombramientos provisionales en los derechos laborales en Sudamérica
Las prácticas de nombramientos provisionales en el sector público de Ecuador, Colombia y Bolivia,
ante la falta de un marco normativo claro permite el abuso de los nombramientos provisionales,
incrementando la vulnerabilidad de los trabajadores temporales. La temporalidad en el empleo se ha
convertido en una práctica común, comprometiendo la seguridad laboral y la igualdad de
oportunidades para los servidores públicos. Esta situación resulta en discriminación indirecta,
limitando el acceso a derechos fundamentales como la seguridad social, estabilidad en el empleo y
promoción profesional (Pazmiño, 2022).
El impacto en la estabilidad laboral es notorio. En Ecuador y Bolivia, las normativas ambiguas
permiten que las autoridades extiendan innecesariamente los nombramientos provisionales, afectando
gravemente la calidad de vida de los trabajadores. En Colombia, se ha identificado que la temporalidad
es utilizada como herramienta para eludir derechos laborales adquiridos, lo que socava aún más la
estabilidad de los empleados públicos. La desigualdad de derechos es otro de los efectos negativos de
los nombramientos provisionales. En los tres países analizados, los servidores públicos bajo
nombramientos provisionales enfrentan una brecha significativa en el acceso a beneficios laborales, en
comparación con los empleados permanentes. Esto genera un contexto de inequidad y precarización
del empleo público, con consecuencias directas sobre la estabilidad laboral y la igualdad de derechos
(Loyola et al., 2022).
Según Storini (2017) los nombramientos provisionales, al no estar regulados de manera estricta,
generan un contexto de incertidumbre laboral que vulnera derechos fundamentales de los servidores
públicos, como la estabilidad y la igualdad de oportunidades. De manera similar, Peña et al. (2022)
destacan que el abuso de los nombramientos provisionales en Ecuador y Colombia ha contribuido a
la precarización del empleo público, afectando directamente la estabilidad laboral y la igualdad de
derechos”.
Deben reformarse los marcos regulatorios en los países analizados para garantizar la transparencia
y limitar la duración de los nombramientos provisionales. Asimismo, proteger los derechos de los
trabajadores mediante mecanismos de control efectivos y promover la igualdad en el acceso a la carrera
administrativa y a los beneficios laborales, y la necesidad de un debate legislativo que asegure que los
nombramientos provisionales no perpetúen la precarización laboral ni la discriminación.
Tabla 1
Sentencias y casos relacionados con la vulneración de los derechos de los servidores públicos por nombramientos
provisionales en Ecuador, una comparación con Colombia y Bolivia
Sentencia/Caso Instancia
Judicial
Año Aspectos Relevantes Decisión/Resolución Implicaciones para
Ecuador
Sentencia 1067-
17-EP/20
(Ecuador)
Corte
Constitucional
del Ecuador
2020 Desvinculación de servi-
dor público con nombra-
miento provisional que era
cuidador sustituto de per-
sona con discapacidad. La
institución conocía la situa-
ción, pero no reubicó ni in-
demnizó conforme a la
LOD.
Se acepta la acción extraor-
dinaria de protección. Se
reconoce la protección la-
boral reforzada a cuidado-
res sustitutos, se declara la
vulneración de derechos y
se ordena indemnización
de 18 meses y medidas de
no repetición.
Sienta un precedente
sobre la obligación de
reubicar o indemnizar
antes de desvincular a
cuidadores sustitutos,
incluso con nombra-
mientos provisiona-
les.
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Sentencia 2126-
19-EP/24
(Ecuador)
Corte
Constitucional
del Ecuador
2024
Servidora pública con
nombramiento provisio-
nal y condición de susti-
tuta (cuidado de hermana
con discapacidad).
Fue
desvinculada sin reubica-
ción ni indemnización.
Se acepta la acción extra-
ordinaria de protección.
Se declara la vulneración
de protección laboral re-
forzada y se ordena in-
demnización de 18 remu-
neraciones, capacitación
institucional y publica-
ción de la sentencia.
Fortalece la jurispru-
dencia sobre estabili-
dad reforzada de per-
sonas sustitutas, re-
afirmando que esta
protección aplica in-
dependientemente de
la modalidad contrac-
tual.
Sentencia 2904-
22-EP/24
(Ecuador)
Corte
Constitucional
del Ecuador
2024
Despido de trabajadora
portadora de VIH en el
sector privado, alegando
bajo rendimiento. Se ana-
liza motivación de senten-
cia provincial y presun-
ción de discriminación.
Se acepta la acción extra-
ordinaria de protección.
Se declara vulneración de
derechos a igualdad y no
discriminación, se ordena
reincorporación y se rati-
fica la carga probatoria
del empleador.
Extiende la protec-
ción reforzada a per-
sonas con condicio-
nes de salud crónicas,
aplicable también a
servidores públicos
vulnerables.
Sentencia T-
099/20
(Colombia)
Corte
Constitucional
de Colombia
2020
Servidora pública con
nombramiento provisio-
nal y enfermedad crónica
es desvinculada tras pro-
veerse el cargo por con-
curso. Se analiza si la esta-
bilidad reforzada aplica a
personal provisional.
Se concede la tutela. Se or-
dena reincorporar a la tra-
bajadora y garantizar
ajustes razonables.
Referencia compa-
rada sólida: confirma
que la estabilidad la-
boral reforzada tam-
bién aplica a nombra-
mientos provisiona-
les y exige medidas
previas antes de la
desvinculación.
Sentencia
Constitucional
Plurinacional
0847/2021-S3
(Bolivia)
Tribunal
Constitucional
Plurinacional
de Bolivia
2021 Trabajador despedido in-
justificadamente. Se emite
conminatoria de reincor-
poración laboral que no es
cumplida por la empresa,
que alega crisis econó-
mica.
Se concede el amparo
constitucional. Se ordena
cumplimiento inmediato
de la conminatoria, rein-
corporación y pago de sa-
larios.
Constituye un prece-
dente regional sobre
cumplimiento inme-
diato de medidas de
protección laboral,
útil para fortalecer ac-
ciones en Ecuador.
Discusión
El análisis de los nombramientos provisionales en el sector público ecuatoriano evidencia una
problemática estructural que afecta principios fundamentales como la igualdad de trato, la estabilidad
en el empleo y la dignidad en el trabajo. Aunque la Constitución de la República del Ecuador de 2008
y la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) establecen garantías para proteger a los servidores
públicos, su aplicación ha sido inconsistente, lo que ha permitido prácticas que precarizan las
condiciones laborales. Esta problemática no solo plantea un debate jurídico complejo, sino también un
desafío ético en torno al trato justo y a la dignidad en el empleo público (Aguirre & Jácome, 2021;
Paguay & Morales, 2023). Como sostiene Pérez (2021), la noción de trato justo, basada en la igualdad
y la no discriminación, implica no solo la observancia formal de las normas, sino también la generación
de condiciones laborales equitativas y dignas.
La jurisprudencia ecuatoriana ha dado pasos relevantes para enfrentar esta realidad. Las
sentencias 1067-17-EP-20 y 2126-19-EP/24 de la Corte Constitucional del Ecuador constituyen hitos
en el reconocimiento de la protección laboral reforzada para grupos en situación de vulnerabilidad,
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como cuidadores sustitutos de personas con discapacidad. Ambas decisiones establecen la
obligación del Estado de garantizar procesos de reubicación o indemnización antes de cualquier
desvinculación, incluso cuando la relación laboral se configure bajo nombramientos provisionales.
Esto implica un reconocimiento expreso de que la modalidad contractual no limita el ejercicio de
derechos fundamentales, como la estabilidad laboral y la igualdad de trato (Chávez, 2024; Fierro,
2022).
La sentencia 2904-22-EP/24 amplía este marco protector al abordar la discriminación laboral por
condiciones de salud, reafirmando que la estabilidad reforzada tiene carácter transversal y que
corresponde al empleador incluido el Estado probar la inexistencia de vulneración de derechos
fundamentales. Esta doctrina fortalece el principio de igualdad material reconocido en el orden
constitucional ecuatoriano, lo que además coincide con la línea jurisprudencial comparada sobre tutela
judicial efectiva y el deber reforzado de protección de personas en situación de vulnerabilidad (Fierro,
2022; Villalobos & Del Salto, 2024).
La comparación con la jurisprudencia regional permite situar esta problemática en un contexto
más amplio. La sentencia T-099/20 de la Corte Constitucional de Colombia reafirma que la
estabilidad laboral reforzada es aplicable al personal provisional, exigiendo medidas de ajuste
razonable y justificación objetiva para su desvinculación. Del mismo modo, la sentencia 0847/2021-
S3 de la Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia ordena el cumplimiento inmediato de
medidas de protección laboral y la reincorporación de trabajadores desvinculados
injustificadamente. Estas decisiones se articulan con la reflexión comparada sobre razonamientos
legales en contratación estatal y la necesidad de fortalecer los mecanismos de control para prevenir
arbitrariedades (Mendoza et al., 2024).
Estos precedentes nacionales e internacionales permiten afirmar que el uso prolongado e
indiscriminado de nombramientos provisionales en Ecuador constituye una forma de discriminación
indirecta y vulnera principios reconocidos en instrumentos como el Convenio N.º 158 de la
Organización Internacional del Trabajo, que limita la temporalidad laboral y prohíbe el despido
injustificado. La persistencia de estas prácticas revela una brecha entre la eficacia formal de las normas
y su efectividad material, generando un déficit estructural en la protección de derechos (Paguay &
Morales, 2023; Aguirre & Jácome, 2021).
De ello se desprende la necesidad de reformas normativas claras que delimiten estrictamente el
carácter excepcional de los nombramientos provisionales y establezcan mecanismos de transición
hacia la estabilidad definitiva cuando las funciones sean permanentes. A su vez, resulta
indispensable fortalecer los mecanismos de control institucional y jurisdiccional para garantizar el
cumplimiento efectivo de las sentencias constitucionales. El Estado, en su rol de empleador, debe
constituirse en garante de derechos laborales, y no en su principal vulnerador (Chávez, 2024; Fierro,
2022).
Con base en lo expuesto, se evidencia que la problemática abordada no constituye un hecho aislado,
sino un elemento estructural del régimen laboral público ecuatoriano que demanda una intervención
jurídica, administrativa y ética coordinada. La garantía de condiciones laborales dignas, equitativas y
estables para los servidores públicos se configura como un requisito indispensable para la efectividad
de los derechos constitucionales y para el fortalecimiento de un servicio público profesional, eficiente
y respetuoso de los principios de igualdad y no discriminación (Villalobos & Del Salto, 2024; Mendoza
et al., 2024).
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4. Conclusiones
El uso sistemático y prolongado de los nombramientos provisionales en el sector público ecuatoriano
ha dejado de ser una herramienta excepcional para cubrir vacantes urgentes, convirtiéndose en una
práctica estructural que genera precarización laboral. Esta situación vulnera derechos reconocidos en
la Constitución de la República del Ecuador de 2008 y en convenios internacionales como el Convenio
N.º 158 de la Organización Internacional del Trabajo, que prohíben el abuso de la temporalidad y los
despidos injustificados. Las condiciones laborales de los servidores públicos provisionales marcadas
por la falta de estabilidad, el acceso desigual a beneficios y las oportunidades limitadas de desarrollo
profesional reflejan una discriminación indirecta frente a quienes ostentan nombramientos
permanentes. Esta realidad, además de afectar la dignidad de los trabajadores, incide directamente en
la eficiencia institucional y en la calidad de los servicios públicos que recibe la ciudadanía.
La jurisprudencia de la Corte Constitucional del Ecuador ha sentado precedentes significativos en
materia de protección laboral reforzada para servidores públicos con nombramientos provisionales.
Casos como la Sentencia 1067-17-EP-20 y la Sentencia 2126-19-EP/24 establecen que la modalidad
contractual no limita el ejercicio de derechos fundamentales, ordenando medidas de reubicación,
indemnización y no repetición en casos de desvinculación de cuidadores sustitutos de personas con
discapacidad. De igual manera, la Sentencia 2904-22-EP/24 amplía esta protección al ámbito de la
salud, reafirmando que el principio de igualdad material obliga al empleador incluido el Estado a
demostrar la inexistencia de discriminación. Esta línea jurisprudencial es coherente con la Corte
Constitucional de Colombia en la Sentencia T-099/20, que reconoce la estabilidad reforzada del
personal provisional, y con el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia en la Sentencia
Constitucional Plurinacional 0847/2021-S3, que ordena la reincorporación inmediata de trabajadores
desvinculados injustificadamente. Estos fallos confirman que la tutela judicial efectiva y la igualdad
de trato deben prevalecer sobre la temporalidad contractual.
Frente a la evidencia doctrinal, normativa y jurisprudencial, resulta imprescindible impulsar una
reforma jurídica integral que devuelva a los nombramientos provisionales su carácter estrictamente
excepcional. Esta reforma debe establecer límites temporales precisos, garantizar procesos de
transición hacia nombramientos definitivos cuando las funciones sean permanentes y fortalecer las
instancias de control y fiscalización institucional. Además, es fundamental implementar políticas
públicas orientadas a garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre trabajadores temporales y
permanentes, incluyendo acceso equitativo a beneficios laborales, mecanismos de promoción
profesional y protección reforzada para grupos en situación de vulnerabilidad. Solo mediante un
enfoque coordinado entre legislación, control institucional y política pública se podrá superar la brecha
entre la eficacia formal de las normas y su aplicación real, consolidando un régimen laboral público
justo, estable y respetuoso de los derechos fundamentales.
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ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (5-16)
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Transparencia
Conflicto de interés
Los autores declaran que no existen conflictos de interés que influyan en la objetividad de este estudio.
Fuente de financiamiento
No se recibieron fondos financieros de ninguna organización que pudiera tener interés en los
resultados presentados.
Contribución de autoría
Rodrigo Ivan Cuadrado Paredes: Conceptualización, metodología, software, validación, análisis
formal, investigación, gestión de datos, visualización, redacción - preparación del borrador original,
redacción - revisión y edición, financiamiento, administración del proyecto, recursos, supervisión.
Jorge Santiago Vallejo Lara: Conceptualización, software, validación, análisis formal, investigación,
redacción - preparación del borrador original, redacción - revisión y edición, financiamiento, recursos,
supervisión.
Los autores contribuyeron activamente en el análisis de los resultados, revisión y aprobación del
manuscrito final.